Estrella Galicia contra una aceitera granadina por el uso de la marca “Estrella”

El pasado mes de septiembre, la Oficina Española de Patentes y Marcas emitía una resolución en la que se dictaminaba si el uso de “Estrella” por parte de cualquier empresa distinta a la de Hijos de Rivera y Damm, era legal o no.

La empresa Hijos de Rivera, dueños de Estrella Galicia, presentaron un recurso frente al grupo granadino Hottos, por comercializar un aceite de oliva llamado “Estrella Andaluza”.  Este recurso se fundamentaba en que para poder impedir un registro de marca debe existir una semejanza fonética. Sin embargo, no hay que olvidar, que también debe tratarse de productos y servicios implicados en la misma categoría. En este caso hablamos de aceite y cerveza, por lo que no sería el caso.

Aun así, es cierto que la legislación establece ciertas excepciones. Aquellas marcas calificadas como notorias, si podrán defenderse en base a este principio, aun siendo de diferentes categorías. Esto es para evitar que empresas que no tienen nada que ver, puedan aprovecharse del nombre y prestigio de marcas conocidas.

Sin embargo, para el Tribunal Superior de Justicia, a pesar de que Estrella Galicia es una marca ciertamente notoria, solo lo es entre las cervezas. Existen otros muchos productos calificados con la denominación Estrella. Por tanto, la notoriedad de la que goza la marca de cerveza en este sector, no puede extenderse al del aceite.

Así, la compañía cervecera Hijos de Rivera ha perdido esta última batalla legal contra este grupo aceitero granadino, que podrá seguir utilizando y comercializando su “Estrella Andaluza”.

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