Una marca es un identificador comercial de bienes y servicios que ofrece una empresa y los diferencia de la competencia. Hoy, en nuestra nueva publicación, os contaremos cuáles son los pasos a seguir para registrar una marca, centrándonos sobre todo en el registro de marcas de alimentos.
Pasos a seguir para registrar una marca
En primer lugar, antes de registrar una marca, es necesaria una búsqueda y comprobación de la misma. Eso puede ser un obstáculo para el registro, ya que puede ser rechazado o anulado por tratarse de una marca ya registrada.
Una vez que conozcamos su disponibilidad, podremos registrarla tanto en España, para que sea reconocida en el territorio español; en la Unión Europea, ampliando el servicio a los 27 países de la UE; o a nivel internacional.
También es necesario como hemos señalado anteriormente, acotar los productos que se van a registrar mediante la Clasificación de Niza. Cada cinco años se publica una nueva edición y, desde 2013, cada año se publica una nueva versión de cada edición.
Además, es muy importante tener siempre en cuenta la Ley de Marcas, la cual recoge las prohibiciones en su artículo 5.
Cómo registrar una marca para un producto alimenticio
En el sector de los productos alimenticios cada vez existe más competencia. Por este motivo, es necesario para las empresas que vendan estos productos poseer una marca propia para conseguir así, fidelizar al consumidor final.
El registro de una marca ofrece a su titular el derecho exclusivo sobre la misma aunque con algunas limitaciones. En primer lugar, la marca únicamente protege unos productos y servicios concretos. En segundo lugar, la marca sólo protege en un territorio concreto, por ejemplo España o la Comunidad Europea. Por último, los interesados en el registro de una marca deben saber en qué clase deben registrar su marca puesto que una clasificación de marcas errónea provoca un suspenso formal que ralentiza y encarece el registro de una marca en España.
Las clases más relevantes – según la clasificación de Niza – para los productos alimenticios son la 29, 30 y 31.
Clase 29: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles.
Clase 30: Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo.
Clase 31:Granos y productos agrícolas, hortícolas y forestales, no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas; semillas; plantas y flores naturales; alimentos para animales; malta.
¿Qué otras actuaciones conlleva el registro de marcas de alimentos?
Lanzar un producto o servicio alimenticio al mercado implica realizar una serie de procesos necesarios para la puesta en marcha de su comercialización:
- El producto o servicio deber estar inscrito en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) con la finalidad de proteger la salud pública y los intereses de los consumidores. Este registro sanitario no tiene nada que ver con el registro de marcas, ya que con este último conseguimos proteger nuestro producto ante la Oficina Española de Patentes y Marcas.
- Realización de la documentación técnica necesaria, siendo imprescindible el Sistema de Autocontrol o Sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (APPCC).
- Correcta elaboración de las etiquetas de productos, cumpliendo todos los requisitos legales y técnicos en cuanto a su composición.
- Si nuestro producto se trata de un complemento alimenticio, estos deben estar correctamente notificados.
Get One Mark cuenta con un equipo de abogados y técnicos especializados en el registro de marcas. Además, no sólo registramos, sino que abarcamos todo lo necesario para proteger tu marca.